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Agencia
Reconocida por el
Consejo de Apelaciones Migratorias (BIA – Board of
Immigration Appeals)
El
gobierno federal hace las leyes de migración. Las regulaciones federales
de migración especifican quiénes pueden representar a ciudadanos
extranjeros ante el Departamento de Seguridad Nacional de
Los Estados Unidos y ante las cortes de migración. Las
leyes y regulaciones de un gobierno local o estatal no pueden
autorizar a una persona o a una agencia a ofrecer servicios legales de
migración.
En
general, si una persona no es un abogado de migración autorizado
y desea representar a un ciudadano extranjero ante las autoridades de
migración, entonces esta persona deberá trabajar para una organización
no lucrativa, ya sea religiosa, caritativa o de servicio social. La
organización deberá estar establecida en
Los Estados Unidos y reconocida por el Consejo de
Migración (BIA) y a su vez, deberá contar con información, conocimiento
y experiencia adecuada en las leyes de migración.
El
Consejo de Migración (BIA) es la corte administrativa de apelación para
la ley de migración en
Los Estados Unidos. Se encuentra localizado en Falls
Church, Virginia.
El
personal de una agencia acreditada por el Consejo debe tener cierto
nivel de experiencia y conocimiento en las leyes de migración para
lograr ser acreditado por el Consejo y ofrecer servicios legales
de migración. Un Representante Acreditado por el Consejo puede
representar a ciudadanos extranjeros ante las cortes del Departamento de
Seguridad Nacional de
Los Estados Unidos y de Migración.
Generalmente, los notarios y asesores de migración, tales como
agentes de viajes, trabajan para empresas con fines de lucro. Se dedican
a ofrecer servicios legales de migración para ganar dinero. No están
autorizados para prestar servicios legales. No se les exige tener
información adecuada, conocimiento ni experiencia en leyes de migración.
Generalmente, no pertenecen a organizaciones “no lucrativas” y por lo
tanto, no pueden obtener el reconocimiento y la acreditación
del Consejo.
TENGA
CUIDADO DE LOS NOTARIOS Y ASESORES DE INMIGRACIÓN que ofrecen ayuda
en llenar solicitudes del gobierno. Muchos de estos “asesores” se han
aprovechado de inmigrantes indocumentados llenando solicitudes a favor
de gente indocumentada, sin verificar si la persona efectivamente es
elegible para recibir el beneficio de inmigración. ¡El Congreso aún no
aprueba ninguna ley que autorice la legalización de gente indocumentada!
Si una persona le ofrece archivar una solicitud de legalización a favor
de un ciudadano extranjero indocumentado, podrían poner a dicha persona
en peligro de deportación!!!
Recomendamos ampliamente que los ciudadanos extranjeros busquen
asistencia legal sólo a través de una organización no lucrativa
reconocida por el
Consejo
de Apelaciones Migratorias (BIA)
tal como Caridades Católicas o bien, de un abogado con licencia.
AVISO: Esta
información no es un consejo legal. Su propósito es únicamente educativo
e informativo. Si usted sabe de alguien que necesita asesoría legal,
aconséjele que consulte a un abogado de inmigración competente o a un
representante acreditado de una agencia reconocida
por el
Consejo de Apelaciones Migratorias
(BIA por sus siglas en inglés). Un ciudadano
extranjero indocumentado no debe buscar ayuda de un “notario” o de un
“asesor de migración” que no esté acreditado por el Consejo.
Si un
notario o asesor de migración se hace publicidad a sí mismo como
proveedor de servicios legales de migración, pídale prueba de su
autorización para practicar las leyes de migración bajo la ley federal
y verifique si la organización especialista está reconocida por
el Consejo.
Para
verificar si el Consejo reconoce a la organización y/o al personal de la
organización para practicar las leyes de migración, diríjase a la lista
de
Agencias reconocidas por el Consejo
y personal acreditado.
El
Consejo actualiza estas listas periódicamente.
Si una
persona u organización no se encuentra en la lista del Consejo como
agencia reconocida o personal acreditado, el ciudadano extranjero deberá
tener precaución en intentar conseguir sus servicios legales.
Para obtener mayor
información del reconocimiento y acreditación del Consejo, por favor
visite la página web de
United States Department of Justice, Executive Office
for Immigration Review (EOIR).
August 3,
2005 |