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¿Cómo debe prepararse un Ciudadano Extranjero indocumentado para la legalización AHORA?

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Agencia Reconocida por el Consejo de Apelaciones Migratorias (BIA – Board of Immigration Appeals)

El gobierno federal hace las leyes de migración. Las regulaciones federales de migración especifican quiénes pueden representar a ciudadanos extranjeros ante el Departamento de Seguridad Nacional de Los Estados Unidos y ante las cortes de migración. Las leyes y regulaciones de un gobierno local o estatal no pueden autorizar a una persona o a una agencia a ofrecer servicios legales de migración.

En general, si una persona no es un abogado de migración autorizado y desea representar a un ciudadano extranjero ante las autoridades de migración, entonces esta persona deberá trabajar para una organización no lucrativa, ya sea religiosa, caritativa o de servicio social. La organización deberá estar establecida en Los Estados Unidos y reconocida por el Consejo de Migración (BIA) y a su vez, deberá contar con información, conocimiento y experiencia adecuada en las leyes de migración.

El Consejo de Migración (BIA) es la corte administrativa de apelación para la ley de migración en Los Estados Unidos. Se encuentra localizado en Falls Church, Virginia.

El personal de una agencia acreditada por el Consejo debe tener cierto nivel de experiencia y conocimiento en las leyes de migración para lograr ser acreditado por el Consejo y ofrecer servicios legales de migración. Un Representante Acreditado por el Consejo puede representar a ciudadanos extranjeros ante las cortes del Departamento de Seguridad Nacional de Los Estados Unidos y de Migración.

Generalmente, los notarios y asesores de migración, tales como agentes de viajes, trabajan para empresas con fines de lucro. Se dedican a ofrecer servicios legales de migración para ganar dinero. No están autorizados para prestar servicios legales. No se les exige tener información adecuada, conocimiento ni experiencia en leyes de migración. Generalmente, no pertenecen a organizaciones “no lucrativas” y por lo tanto, no pueden obtener el reconocimiento y la acreditación del Consejo.

TENGA CUIDADO DE LOS NOTARIOS Y ASESORES DE INMIGRACIÓN que ofrecen ayuda en llenar solicitudes del gobierno. Muchos de estos “asesores” se han aprovechado de inmigrantes indocumentados llenando solicitudes a favor de gente indocumentada, sin verificar si la persona efectivamente es elegible para recibir el beneficio de inmigración. ¡El Congreso aún no aprueba ninguna ley que autorice la legalización de gente indocumentada! Si una persona le ofrece archivar una solicitud de legalización a favor de un ciudadano extranjero indocumentado, podrían poner a dicha persona en peligro de deportación!!!

Recomendamos ampliamente que los ciudadanos extranjeros busquen asistencia legal sólo a través de una organización no lucrativa reconocida por el  Consejo de Apelaciones Migratorias (BIA) tal como Caridades Católicas o bien, de un abogado con licencia.

AVISO: Esta información no es un consejo legal. Su propósito es únicamente educativo e informativo. Si usted sabe de alguien que necesita asesoría legal, aconséjele que consulte a un abogado de inmigración competente o a un representante acreditado de una agencia reconocida por el Consejo de Apelaciones Migratorias (BIA por sus siglas en inglés). Un ciudadano extranjero indocumentado no debe buscar ayuda de un “notario” o de un “asesor de migración” que no esté acreditado por el Consejo.

Si un notario o asesor de migración se hace publicidad a sí mismo como proveedor de servicios legales de migración, pídale prueba de su autorización para practicar las leyes de migración bajo la ley federal y verifique si la organización especialista está reconocida por el Consejo.

Para verificar si el Consejo reconoce a la organización y/o al personal de la organización para practicar las leyes de migración, diríjase a la lista de Agencias reconocidas por el Consejo y personal acreditado.  El Consejo actualiza estas listas periódicamente.

Si una persona u organización no se encuentra en la lista del Consejo como agencia reconocida o personal acreditado, el ciudadano extranjero deberá tener precaución en intentar conseguir sus servicios legales.

Para obtener mayor información del reconocimiento y acreditación del Consejo, por favor visite la página web de United States Department of Justice, Executive Office for Immigration Review (EOIR).

August 3, 2005

 

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